martes, 12 de agosto de 2014

Regidores, también deben rendir cuentas.

Por Wanchy Medina
Twitter: @WanchyMedina

Ya es una costumbre todos los 16 de agosto de cada año los alcaldes/as, senadores y diputados tengan que rendir cuentas al país de sus ejecutoras, lo mismo hace quien ostenta la presidencia de la república los 27 de febrero.

La rendición de cuentas pone en contexto los resultados alcanzados por los representantes en funciones públicas, éstos deben configurar en una explicación exhaustiva, exponiendo como han sido manejados los recursos puestos a su disposición, además ponderar ejecuciones propias del ejercicio legislativo.

Dado que el poder reside en el pueblo, los votantes deben conocer cómo los funcionarios se desempeñan frente a las instituciones, sus logros, sus debilidades y metas; así estar en condiciones de decidir libremente sobre la renovación o revocación de la confianza inicialmente otorgada.

Rendir cuentas debe tener un grado de alta solemnidad en la República Dominicana, ya que la misma constitución hace un señalamiento tácito en varios de sus artículos, (77 numeral 4, 91, 92 y 114). Al darle rango constitucional, hace que inobservarlo tenga consecuencias judiciales. 

En el caso de los ayuntamientos es normal que alcaldes y alcaldesas exterioricen a través de discursos lo que han sido sus ejecuciones a lo largo de los últimos doce meses, sin embargo, cuando revisamos el señalamiento que hace referente a la rendición de cuentas la ley 176-07, que la ley municipal, nos damos cuenta, que también los regidores deben de rendir cuentas de sus labores.

Para conocer en toda su amplitud lo que plantea la ley municipal, he aquí textualmente lo dice el artículo 246, cito: “Los servidores públicos de los municipios tienen la obligación de responder ante los ciudadanos por su trabajo, donde expliquen a la sociedad sus acciones, y aceptar consecuentemente la responsabilidad de las mismas”. 

Al leer el texto del artículo precedentemente citado, y hacemos un análisis enjundioso se puede notar que dice claramente “servidores públicos de los municipios”, podremos concluir que el legislador fue claro e inteligente al momento de aprobar la ley municipal. 

Es el mismo artículo que enfoca quiénes deben rendir cuentas, y no señala únicamente el titulo de alcalde o alcaldesa, sino de servidores públicos de los municipios.

Los alcaldes/as no son los únicos que ostentan el título de servidores municipales; si vamos al artículo 201 de la constitución dominicana encontraremos que en los ayuntamientos coexisten dos órganos que lo conforman, estos son el Concejo de Regidores y la Alcaldía. Desde el punto de vista de la constitución es lógico concluir que al igual que los alcaldes, los regidores son funcionarios públicos de los municipios.

De manera que, si la constitución traza que regidores y alcaldes son servidores públicos, el artículo 246 de la ley municipal deja claro que los regidores igual que los alcaldes deben rendir cuentas de sus ejecutorias.

Este planteamiento no es descabellado ni fuera de tiempo, la costumbre en dominicana es que los alcaldes sean escuchados por los regidores para saber que se ha hecho en el año anterior, sin embargo, el balance democrático permite que de igual forma los regidores expresen su accionar legislativo por el mismo periodo de tiempo que se indica a los alcaldes.

Hasta hace unos años los diputados y senadores no tenían la obligación de rendir cuentas al país, ya no, desde la aprobación de la constitución en el año 2010, tiene el deber de hacer cada año, ante los electores que representan (art.92).

Que cuentas pueden rendir los regidores?

Los regidores en la república dominicana siguen cada día más desacreditados, los concejos municipales están sumergidos en constantes escándalos.

La asociación de regidores debe promover entre sus integrantes mayor transparencia en las ejecuciones legislativas, por ejemplo, horas de trabajo, sesiones efectuadas, asistencia a sesiones, trabajo en comisiones, las iniciativas contentivas en resoluciones, ordenanzas y reglamentos.

Se hace necesario que los concejales de la república dominicana den un paso al frente y dignifiquen las posiciones que ostentan, rendirle cuentas a sus representados sería un paso de avance para calificar el trabajo de cada uno de los ediles, y así los ciudadanos les pueden imponer una calificación según la satisfacción de su actuación.

El autor es Regidor de La Romana.-


elpidiotolentino@hotmail.com; elpidiotolentino@gmail.com
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