Este grito de desesperación lo vi en las redes, atribuido al buen amigo Efraín Enrique Santana, por lo que me dirigí a su Facebook, y comprobé que ciertamente era él quien lo había publicado. Me recordó mucho a esos viejos tiempos de la Justicia Nuestra y empresarios o personajes que sabían como manejarse y despojar o ganar casos. He aquí el GRITO:
Efrain Enrique Santana
Cuando en el año 2006 luego de una ausencia de más de 40 años vinimos de retirada a nuestra querida Patria, compramos junto a dos primos de mi esposa y otra familia, sendos apartamentos en un edificio de 4 unidades en el sector Buena Vista Norte de esta ciudad de La Romana. Pagamos el precio acordado con el vendedor, firmamos los contratos de venta y procedimos a ocupar nuestro inmueble. Y en el hemos vivido durante los últimos 15 años.
En el año 2010 el señor Elvis Cuevas, persona que junto a su esposa nos vendió los apartamentos, firma en solitario pues ya se había divorciado años atrás, un pagaré por la suma de RD$2,600,000.00 a favor del prestamista local Francisco Pichardo. A su vez el señor Pichardo le firma un pagaré por una suma que desconocemos, al doctor Miguel Galván.
En el 2011, cinco años después de nuestra compra aparece el abogado Miguel Galvan demandando de nosotros el pago del pagaré que le firmara el señor Cuevas al señor Pichardo ya que este último le había entregado dicho pagaré en pago a la deuda que este, Pichardo, tenía con él, con Galván. ¿Por qué demandarnos a nosotros? Porque el título del solar donde se construyeron los apartamentos sigue a nombre del señor Elvis Cuevas y su esposa Rosalyn, ya que aunque se pagaron los impuestos de transferencia las ventas no fueron registradas.
En el año 2015 por medio de la sentencia 28/2015 el tribunal de primera instancia de La Romana falló a favor de nosotros, los propietarios, reconociéndonos todos los derechos sobre el inmueble derivados de los cuatro contratos de venta vigentes.
En apelación la corte de apelaciones de San Pedro de Macorís por medio de la sentencia 244/2015 ratifica la sentencia del tribunal de La Romana a favor de los propietarios reconociéndonos los mismos derechos tal y como los reconocia la sentencia 28/2015 del tribunal de primera instancia de La Romana.
Los demandantes, a través de su abogado y ex juez del juzgado de primera instancia de La Romana, el doctor Genaro Silvestre, apelan a la Suprema Corte de Justicia donde un juez de esa corte ignora los contratos de venta, no reconoce los derechos de propiedad adquiridos por los demandados y que fueron reconocidos en las sentencias de La Romana y San Pedro Macorís y envía el caso a la 1ra. Sala de la 1ra. Circunscripción del Distrito Nacional para ser conocido nuevamente desde sus inicios. Como nos expresara un reconocido jurista con basta experiencia en asuntos de derechos ciudadanos: “El juez de la Suprema Corte de Justicia deshumanizó la sentencia. Pero ustedes no tienen problema, los jueces de la Suprema también se equivocan. Acudan al Tribunal Constitucional que es el que tiene la última palabra en cuestiones de derecho”. Y allí estamos, esperando a que el Tribunal Constitucional se pronuncie al respecto.
Pero eso no queda ahí. En fecha 10 de octubre del 2020 nuestro abogado le solicita a la registradora de títulos de San Pedro de Macorís Lina M. Alvarez Holguin, una inscripción preventiva de los propietarios en el título de la propiedad por litis en los contratos de venta con el propósito de bloquear un posible embargo inmobiliario. La registradora responde el 2 DE NOVIEMBRE solicitando presentar una certificación del tribunal donde se conoce la litis. Nuestro abogado procede a cumplir con el requerimiento y al retornar al Registro con la certificación encuentra que ya no pueden inscribirnos porque el dia 6 DE NOVIEMBRE, CUATRO DÍAS DESPUÉS de su comunicación pidiéndonos la certificación inscribieron en el título al señor MIGUEL ANGEL GALVAN con un embargo preventivo sobre nuestra propiedad, pasándonos por encima en franca violación a la ley pues la registradora tenía que decidir sobre nuestra solicitud antes de aceptar la de un tercero. La inscripción en el título del nombre del señor Miguel Galván es a todas luces ilegal, arbitraria e improcedente.
Elevamos una acción de amparo ante el Tribunal de Jurisdicción Original del Departamento Judicial de San Pedro de Macoris. Ya hemos tenido dos audiencias con los acostumbrados re envíos. En esta acción de amparo sólo hay dos partes actuantes: nosotros y la registradora de título que violó nuestros derechos. Sin embargo, a la última audiencia se presentó de sorpresa un abogado en calidad de “parte voluntaria” en el proceso representando al abogado Genaro Silvestre quien a la vez es el abogado de Galván. ¿Quien le avisó al señor Galván sobre un proceso en el cual él no es parte? Vaya usted a saber. La magistrada aceptó dicha representación para garantizar que los derechos de todos estén protegidos. No tenemos por que dudar de las buenas intenciones de la magistrada, pero tenemos cierto recelo debido a la forma en que en el país en algunas ocasiones la justicia es manipulada. La próxima audiencia está fijada para el próximo martes 2 de marzo del 2021. A ver qué pasará.
Resumiendo: Con el pretexto de cobrar una deuda de RD$2,600,00 con la cual nada tenemos que ver los propietarios, pretenden apoderarse de un edificio valorado en más de RD$30,000,000.00.
Por favor ayúdennos para que no se cometa una injusticia y perdamos nuestro apartamento, esta denuncia debe llegar a las máximas autoridades del poder judicial, dele compartir! Gracias del alma!
1 comentario:
El que cuente con justicia sana y pura está soñando, las mafias judiciales están en todas las provincias...aquí la mejor justicia es como enn Haití el que muere es el que pierde.
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