miércoles, 27 de abril de 2022

Veloz: «Tasa de US$10 por habitación hotelera carece de fundamento legal»

LA ALTAGRACIA.- 
Desde el mes pasado, los regidores del municipio de Hígüey tienen en agenda la discusión de establecer un impuesto de una tasa complementaria de 10 dólares por habitación para las empresas hoteleras localizadas en el Distrito Turístico de Verón-Punta Cana.

Por lo que, el presidente de la Asociación de Hoteles y Proyectos Turísticos del Este (Asoleste), Ernesto Veloz, explicó que el sector está exento del referido pago y que siempre se ha conversado sobre cooperaciones con los ayuntamientos, pero nunca se ha establecido algún tipo de cobro.

Manifestó que el proyecto carece de fundamentos legales y por tanto es inviable su aplicación. «Eso no tiene fundamento legal pues la Ley de Incentivos nos exonera de este tipo de cosas y lo que siempre se ha cobrado son los moteles, no los hoteles», enfatizó.

Asimismo, señaló que desde el Concejo de Regidores de Higuey no han incluido en las discusiones de el proyecto al sector hotelero.

«No le vemos ningún éxito en el intento y tampoco le vemos ningún asidero legal», expresó el titular de Asoleste, según El Tiempo.

Las declaraciones de Veloz obedecen a que tras referirse al tema destacar que en la zona turística de Verón-Punta Cana tiene aproximadamente unas 44 mil habitaciones, que multiplicado por los diez dólares que pretenden cobrar las autoridades municipales por habitación, serían unos 440 mil dólares; que sería el monto que el Ayuntamiento de Hígüey obtendría cada mes por el concepto.

Para el director municipal de Verón-Punta Cana, Ramón Ramírez (Manolito), todo ciudadano y empresario debe de aportar a la municipalidad, por lo que precisó que tuvo la oportunidad de conversar con el alcalde de Higuey, Rafael Barón Duluc (Cholitín) sobre el proyecto en particular de cobrar 10 dólares por habitación a hoteles en la demarcación turística.

«Pero no sabía de que este proyecto se iba a presentar ni que se trata. Solicité el anteproyecto a los regadores para poderlo ver. Sin embargo la Ley 225-20 de Gestión Integral y Coprocesamiento establece que las municípalidades son las que tienen la responsabilidad del cobro por los servicios, tanto de generación de tasas como de nuevos arbitrios», destacó.

A su juicio, la ley le da la facultad a las alcaldías y juntas dístritales de hacer los cobros «y de manera dividida».

Explicó que en el caso de aprobarse de el proyecto que pretende implementar el Ayuntamiento de Higuey los recursos obtenidos tendrían que llegar a la demarcación que brinda el servicio, es decir Verón-Punta Cana, lo cual está añadido en dicha ley.

Sobre si estaría de acuerdo con la aprobación, subrayó que no lo ha leído a profundidad, pero manifiesta: «la Ley 225-20 en su artículado del 140 al 145, establece la obligatoriedad del cobro, es decir, las alcaldías estamos obligadas a cobran debemos de cobrar». (www.arecoa.com)

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